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Condiciones generales de Bovino B.V.

Índice

  • Artículo   1 - Definiciones
  • Artículo   2 - Identidad del empresario
  • Artículo   3 - Aplicabilidad
  • Artículo   4 - La oferta
  • Artículo   5 - El contrato
  • Artículo   6 - Derecho de desistimiento
  • Artículo   7 - Obligaciones del consumidor durante el período de reflexión
  • Artículo   8 - Ejercicio del derecho de desistimiento por parte del consumidor y costes del mismo
  • Artículo   9 - Obligaciones del empresario en caso de desistimiento
  • Artículo 10 - Exclusión del derecho de desistimiento
  • Artículo 11 - El precio
  • Artículo 12 - Cumplimiento y garantía adicional
  • Artículo 13 - Entrega y ejecución
  • Artículo 14 - Contratos de duración: duración, rescisión y prórroga
  • Artículo 15 - Pago
  • Artículo 16 - Procedimiento de reclamaciones
  • Artículo 17 - Litigios
  • Artículo 18 - Garantía sectorial
  • Artículo 19 - Disposiciones adicionales o divergentes
  • Artículo 20 - Modificación de las Condiciones Generales de Thuiswinkel

Artículo 1 - Definiciones

En estas condiciones se entiende por:

  1. Contrato adicional: contrato mediante el cual el consumidor adquiere productos, contenidos digitales y/o servicios en relación con un contrato a distancia, y estos bienes, contenidos digitales y/o servicios son suministrados por el empresario o por un tercero sobre la base de un acuerdo entre dicho tercero y el empresario; 
  2. Período de reflexión: el plazo durante el cual el consumidor puede ejercer su derecho de desistimiento; 
  3. Consumidor: la persona física que no actúa con fines relacionados con su actividad comercial, empresarial, artesanal o profesional; 
  4. Día: día natural; 
  5. Contenido digital: datos producidos y suministrados en forma digital; 
  6. Contrato de duración: contrato que tiene por objeto el suministro periódico de bienes, servicios y/o contenidos digitales durante un período determinado; 
  7. Soporte duradero: todo instrumento - incluido el correo electrónico - que permita al consumidor o al empresario almacenar información dirigida personalmente a él, de manera que pueda ser consultada o utilizada en el futuro durante un período acorde con la finalidad de la información, y que permita la reproducción inalterada de la información almacenada; 
  8. Derecho de desistimiento: la facultad del consumidor de resolver el contrato a distancia dentro del período de reflexión; 
  9. Empresario: la persona física o jurídica que es miembro de Thuiswinkel.org y ofrece a distancia a consumidores productos, contenidos digitales (acceso a los mismos) y/o servicios; 
  10. Contrato a distancia: contrato celebrado entre el empresario y el consumidor en el marco de un sistema organizado para la venta a distancia de productos, contenidos digitales y/o servicios, en el que, hasta la celebración del contrato inclusive, se utiliza exclusiva o conjuntamente una o más técnicas de comunicación a distancia; 
  11. Formulario modelo de desistimiento: el formulario modelo europeo de desistimiento incluido en el Anexo I de estas condiciones; no es obligatorio poner a disposición el Anexo I si el consumidor no dispone de derecho de desistimiento respecto a su pedido; 
  12. Técnica de comunicación a distancia: medio que puede utilizarse para la celebración de un contrato sin que el consumidor y el empresario tengan que estar simultáneamente presentes en el mismo lugar. 

Artículo 2 - Identidad del empresario

Nombre del empresario: Bovino B.V.
Operando bajo el nombre/nombres: Bovino B.V.
Dirección de establecimiento: Breinderveldweg 25, 6365 CM Schinnen
 
Dirección de correo electrónico: info@bovinowines.es
Disponibilidad: de lunes a viernes de 12:00 a 17:00 horas

Nº de la Cámara de Comercio: 61113611
Nº de IVA: NL854212449B01

Artículo 3 - Aplicabilidad

  1. Estas condiciones generales se aplican a toda oferta del empresario y a todo contrato a distancia celebrado entre el empresario y el consumidor.
  2. Antes de que se celebre el contrato a distancia, se pondrá a disposición del consumidor el texto de estas condiciones generales. Si ello no fuera razonablemente posible, el empresario indicará, antes de la celebración del contrato a distancia, de qué manera pueden consultarse las condiciones generales en las instalaciones del empresario y que, a petición del consumidor, se le enviarán lo antes posible y de forma gratuita.
  3. Si el contrato a distancia se celebra por vía electrónica, y sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, el texto de estas condiciones generales podrá ponerse a disposición del consumidor por vía electrónica antes de la celebración del contrato a distancia, de tal manera que el consumidor pueda almacenarlo fácilmente en un soporte duradero. Si ello no fuera razonablemente posible, se indicará antes de la celebración del contrato a distancia dónde pueden consultarse las condiciones generales por vía electrónica y que, a petición del consumidor, se le enviarán por vía electrónica o de otra forma, de manera gratuita.
  4. En caso de que, además de estas condiciones generales, sean aplicables condiciones específicas de producto o de servicio, se aplicará por analogía lo dispuesto en los apartados segundo y tercero, y en caso de condiciones contradictorias el consumidor podrá invocar siempre la disposición aplicable que le sea más favorable.

Artículo 4 - La oferta

  1. Si una oferta tiene un período de validez limitado o se realiza bajo condiciones, se indicará expresamente en la oferta.
  2. La oferta contendrá una descripción completa y precisa de los productos, contenidos digitales y/o servicios ofrecidos. La descripción será lo suficientemente detallada como para permitir al consumidor evaluar correctamente la oferta. Si el empresario utiliza imágenes, estas serán una representación fiel de los productos, servicios y/o contenidos digitales ofrecidos. Los errores evidentes o las equivocaciones manifiestas en la oferta no vinculan al empresario.
  3. Cada oferta contendrá información tal que el consumidor tenga claro cuáles son los derechos y obligaciones que conlleva la aceptación de la oferta.

Artículo 5 - El contrato

  1. El contrato se perfecciona, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4, en el momento en que el consumidor acepta la oferta y cumple las condiciones establecidas.
  2. Si el consumidor ha aceptado la oferta por vía electrónica, el empresario confirmará sin demora la recepción de la aceptación de la oferta por vía electrónica. Mientras el empresario no haya confirmado la recepción de esta aceptación, el consumidor podrá resolver el contrato.
  3. Si el contrato se celebra por vía electrónica, el empresario adoptará medidas técnicas y organizativas adecuadas para proteger la transmisión electrónica de datos y garantizará un entorno web seguro. Si el consumidor puede efectuar el pago por vía electrónica, el empresario adoptará las medidas de seguridad adecuadas a tal efecto.
  4. Dentro de los límites de la ley, el empresario podrá informarse de si el consumidor puede cumplir sus obligaciones de pago, así como de todos aquellos hechos y factores que sean relevantes para una celebración responsable del contrato a distancia. Si, basándose en este estudio, el empresario tiene buenas razones para no celebrar el contrato, estará facultado para rechazar debidamente motivado un pedido o solicitud o para supeditar la ejecución a condiciones especiales.
  5. A más tardar en el momento de la entrega del producto, servicio o contenido digital, el empresario facilitará por escrito al consumidor, o de forma que este pueda almacenarla de manera accesible en un soporte duradero, la siguiente información:
    1. la dirección física del establecimiento del empresario donde el consumidor pueda presentar sus reclamaciones;
    2. las condiciones y la forma en que el consumidor puede ejercer el derecho de desistimiento, o una declaración clara relativa a la exclusión del derecho de desistimiento;
    3. la información sobre las garantías y los servicios posventa existentes;
    4. el precio del producto, servicio o contenido digital, incluidos todos los impuestos; en su caso, los gastos de entrega; y la forma de pago, entrega o ejecución del contrato a distancia;
    5. los requisitos para la rescisión del contrato si este tiene una duración superior a un año o es de duración indefinida;
    6. si el consumidor dispone de un derecho de desistimiento, el formulario modelo de desistimiento.
  6. En el caso de un contrato de duración, lo dispuesto en el apartado anterior solo será aplicable a la primera entrega.

Artículo 6 – Derecho de desistimiento

En el caso de productos:

  1. El consumidor podrá resolver un contrato relativo a la compra de un producto durante un período de reflexión de 30 días sin indicar motivo alguno. El empresario podrá preguntar al consumidor el motivo del desistimiento, pero no podrá obligarle a indicar su(s) motivo(s).
  2. El período de reflexión mencionado en el apartado 1 empezará a contar el día siguiente a aquel en que el consumidor, o un tercero previamente designado por el consumidor que no sea el transportista, haya recibido el producto, o:
    1. si el consumidor ha pedido varios productos en un mismo pedido: el día en que el consumidor, o un tercero designado por él, haya recibido el último producto. El empresario podrá, siempre que haya informado claramente de ello al consumidor antes del proceso de pedido, rechazar un pedido de varios productos con diferentes plazos de entrega.
    2. si la entrega de un producto consiste en varios envíos o partes: el día en que el consumidor, o un tercero designado por él, haya recibido el último envío o la última parte;
    3. en el caso de contratos para la entrega periódica de productos durante un período determinado: el día en que el consumidor, o un tercero designado por él, haya recibido el primer producto.
  3. El consumidor podrá resolver un contrato de servicios y un contrato para la entrega de contenidos digitales que no se suministren en un soporte material durante 30 días sin indicar motivo alguno. El empresario podrá preguntar al consumidor el motivo del desistimiento, pero no podrá obligarle a indicar su(s) motivo(s).
  4. El período de reflexión mencionado en el apartado 3 comenzará el día siguiente a la celebración del contrato.
  5. Período de reflexión ampliado para productos, servicios y contenidos digitales no suministrados en un soporte material en caso de falta de información sobre el derecho de desistimiento:
  6. Si el empresario no ha facilitado al consumidor la información legalmente exigida sobre el derecho de desistimiento o el formulario modelo de desistimiento, el período de reflexión expirará doce meses después de la finalización del período de reflexión original fijado conforme a los apartados anteriores de este artículo.
  7. Si el empresario facilita al consumidor la información mencionada en el apartado anterior dentro de los doce meses siguientes a la fecha de inicio del período de reflexión original, el período de reflexión expirará 30 días después del día en que el consumidor haya recibido dicha información.

Artículo 7 - Obligaciones del consumidor durante el período de reflexión

  1. Durante el período de reflexión, el consumidor tratará el producto y su embalaje con cuidado. Solo desembalará o utilizará el producto en la medida necesaria para determinar la naturaleza, las características y el funcionamiento del producto. El principio rector es que el consumidor solo debe manipular e inspeccionar el producto como lo haría en una tienda.
  2. El consumidor será responsable únicamente de la disminución del valor del producto resultante de una manipulación del mismo que exceda de lo permitido en el apartado 1.
  3. El consumidor no será responsable de la disminución del valor del producto si el empresario no le ha proporcionado toda la información legalmente obligatoria sobre el derecho de desistimiento antes o en el momento de la celebración del contrato.

Artículo 8 - Ejercicio del derecho de desistimiento por parte del consumidor y costes del mismo

  1. Si el consumidor ejerce su derecho de desistimiento, lo comunicará al empresario dentro del período de reflexión mediante el formulario modelo de desistimiento o por cualquier otra declaración inequívoca. 
  2. Lo antes posible, y en cualquier caso dentro de los 14 días siguientes al día de la comunicación mencionada en el apartado 1, el consumidor devolverá el producto o lo entregará al empresario (o a su representante autorizado). Esto no será necesario si el empresario se ha ofrecido a recoger el producto. El consumidor habrá respetado el plazo de devolución en cualquier caso si devuelve el producto antes de que expire el período de reflexión.
  3. El consumidor devolverá el producto con todos los accesorios entregados, si es razonablemente posible en su estado y embalaje originales, y de conformidad con las instrucciones razonables y claras facilitadas por el empresario.
  4. El riesgo y la carga de la prueba del ejercicio correcto y puntual del derecho de desistimiento recaen en el consumidor.
  5. El consumidor asumirá los costes directos de la devolución del producto. Si el empresario no ha indicado que el consumidor debe asumir estos costes o si el empresario declara asumir él mismo dichos costes, el consumidor no tendrá que abonarlos.
  6. Si el consumidor desiste después de haber solicitado expresamente que la prestación del servicio o el suministro de gas, agua o electricidad no preparados para la venta en un volumen o cantidad determinados comience durante el período de reflexión, el consumidor abonará al empresario un importe proporcional a la parte de la obligación cumplida por el empresario en el momento del desistimiento, en comparación con el cumplimiento total de la obligación. 
  7. El consumidor no asumirá coste alguno por la ejecución de servicios o el suministro de agua, gas o electricidad no preparados para la venta en un volumen o cantidad determinados, o por el suministro de calefacción urbana, si:
    1. el empresario no ha facilitado al consumidor la información legalmente exigida sobre el derecho de desistimiento, la compensación de costes en caso de desistimiento o el formulario modelo de desistimiento; o 
    2. el consumidor no ha solicitado expresamente el inicio de la ejecución del servicio o el suministro de gas, agua, electricidad o calefacción urbana durante el período de reflexión.
  8. El consumidor no asumirá coste alguno por el suministro total o parcial de contenidos digitales no suministrados en un soporte material, si:
    1. no ha dado su consentimiento expreso, antes de la entrega, al inicio de la ejecución del contrato antes de que finalice el período de reflexión;
    2. no ha reconocido perder su derecho de desistimiento al otorgar su consentimiento; o
    3. el empresario ha omitido confirmar esta declaración del consumidor.
  9. Si el consumidor ejerce su derecho de desistimiento, todos los contratos adicionales se resolverán de pleno derecho.

Artículo 9 - Obligaciones del empresario en caso de desistimiento

  1. Si el empresario permite que el consumidor comunique el desistimiento por vía electrónica, enviará sin demora un acuse de recibo de dicha comunicación tras su recepción.
  2. El empresario reembolsará todos los pagos efectuados por el consumidor, incluidos los gastos de entrega cobrados por el empresario por el producto devuelto, sin demora indebida y a más tardar 14 días a partir del día en que el consumidor le comunique el desistimiento. Salvo que el empresario se ofrezca a recoger él mismo el producto, podrá esperar para efectuar el reembolso hasta haber recibido el producto o hasta que el consumidor demuestre que ha devuelto el producto, lo que ocurra primero. 
  3. Para el reembolso, el empresario utilizará el mismo medio de pago que haya usado el consumidor, salvo que este consienta otro método. El reembolso será gratuito para el consumidor.
  4. Si el consumidor ha optado por un método de entrega más caro que la entrega estándar más económica, el empresario no estará obligado a reembolsar los costes adicionales derivados del método más caro.

Artículo 10 - Exclusión del derecho de desistimiento

El empresario podrá excluir del derecho de desistimiento los siguientes productos y servicios, pero solo si lo ha indicado claramente en la oferta, al menos antes de la celebración del contrato:

  1. Productos o servicios cuyo precio esté sujeto a fluctuaciones del mercado financiero sobre las que el empresario no tenga influencia y que puedan producirse durante el plazo de desistimiento.
  2. Contratos celebrados en una subasta pública. Se entiende por subasta pública un método de venta en el que el empresario ofrece al consumidor productos, contenidos digitales y/o servicios que este puede presenciar personalmente o tiene la posibilidad de presenciar personalmente en la subasta, bajo la dirección de un subastador, y en el que el adjudicatario está obligado a adquirir los productos, contenidos digitales y/o servicios;
  3. Contratos de servicios, después de la ejecución completa del servicio, pero solo si:
    1.  la ejecución ha comenzado con el consentimiento previo expreso del consumidor; y
    2. el consumidor ha declarado que pierde su derecho de desistimiento una vez que el empresario haya cumplido íntegramente el contrato;
  4. Viajes combinados según lo dispuesto en el artículo 7:500 del Código Civil neerlandés y contratos de transporte de personas; 
  5. Contratos de servicios para el suministro de alojamiento, cuando el contrato prevea una fecha o un período de ejecución concretos y distintos del uso residencial, el transporte de mercancías, los servicios de alquiler de vehículos y la restauración;
  6. Contratos relacionados con actividades de ocio, cuando el contrato prevea una fecha o un período de ejecución concretos;
  7. Productos fabricados según las especificaciones del consumidor, que no sean prefabricados y que se fabriquen sobre la base de una elección o decisión individual del consumidor, o que estén claramente destinados a una persona concreta;
  8. Productos que puedan deteriorarse rápidamente o tengan un período de conservación limitado;
  9. Productos precintados que, por motivos de protección de la salud o de higiene, no sean aptos para ser devueltos y cuyo precinto haya sido roto después de la entrega;
  10. Productos que, por su naturaleza, se hayan mezclado de manera inseparable con otros productos después de la entrega;
  11. Bebidas alcohólicas cuyo precio se haya acordado en el momento de la celebración del contrato, pero cuya entrega solo pueda tener lugar transcurridos 30 días, y cuyo valor real dependa de las fluctuaciones del mercado sobre las que el empresario no tenga influencia;
  12. Grabaciones de audio o vídeo y programas informáticos precintados cuyo precinto se haya roto después de la entrega;
  13. Periódicos, revistas o publicaciones, con excepción de las suscripciones a las mismas;
  14. El suministro de contenidos digitales que no se entreguen en un soporte material, pero solo si:
    1. la ejecución ha comenzado con el consentimiento previo expreso del consumidor; y
    2. el consumidor ha declarado que, al otorgar dicho consentimiento, pierde su derecho de desistimiento.

Artículo 11 - El precio

  1. Durante el período de validez indicado en la oferta, los precios de los productos y/o servicios ofrecidos no se incrementarán, salvo cambios de precio derivados de modificaciones de los tipos de IVA.
  2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, el empresario podrá ofrecer productos o servicios cuyos precios estén sujetos a fluctuaciones del mercado financiero sobre las que carezca de influencia, a precios variables. Esta dependencia de las fluctuaciones y el hecho de que los precios eventualmente indicados sean precios indicativos se señalarán en la oferta. 
  3. Los aumentos de precio dentro de los 3 meses siguientes a la celebración del contrato solo estarán permitidos si se deben a disposiciones legales o reglamentarias.
  4. Los aumentos de precio a partir de los 3 meses siguientes a la celebración del contrato solo estarán permitidos si el empresario lo ha estipulado y:
    1.  estos se deben a disposiciones legales o reglamentarias; o
    2. el consumidor tiene el derecho de resolver el contrato a partir del día en que el aumento de precio surta efecto.
  5. Los precios indicados en la oferta de productos o servicios incluyen el IVA.

Artículo 12 - Cumplimiento del contrato y garantía adicional 

  1. El empresario garantiza que los productos y/o servicios cumplen el contrato, las especificaciones indicadas en la oferta, los requisitos razonables de calidad y/o usabilidad y las disposiciones legales y/o normativas gubernamentales existentes en la fecha de celebración del contrato. Si se ha acordado así, el empresario también garantiza que el producto es apto para un uso distinto del normal.
  2. Una garantía adicional proporcionada por el empresario, su proveedor, fabricante o importador no restringe en ningún caso los derechos legales y las reclamaciones que el consumidor pueda hacer valer contra el empresario en virtud del contrato, si el empresario incumple su parte del mismo.
  3. Se entiende por garantía adicional toda obligación del empresario, su proveedor, importador o productor mediante la cual concede al consumidor determinados derechos o reclamaciones que exceden de lo que está legalmente obligado en caso de incumplimiento de su parte del contrato.

Artículo 13 - Entrega y ejecución

  1. El empresario tendrá el máximo cuidado en la recepción y ejecución de los pedidos de productos y en la evaluación de las solicitudes de prestación de servicios.
  2. Como lugar de entrega se considerará la dirección que el consumidor haya comunicado al empresario.
  3. Sin perjuicio de lo establecido a este respecto en el artículo 4 de estas condiciones generales, el empresario ejecutará los pedidos aceptados con la debida celeridad y, como máximo, dentro de los 30 días, salvo que se haya acordado otro plazo de entrega. Si la entrega se retrasara o si un pedido no pudiera ejecutarse, o solo parcialmente, el consumidor recibirá una notificación al respecto a más tardar 30 días después de haber realizado el pedido. En tal caso, el consumidor tendrá derecho a resolver el contrato sin coste alguno y podrá reclamar una indemnización por daños y perjuicios, en su caso.
  4. Tras la resolución de conformidad con el apartado anterior, el empresario reembolsará sin demora el importe abonado por el consumidor.
  5. El riesgo de daño y/o pérdida de los productos correrá a cargo del empresario hasta el momento de la entrega al consumidor o a un representante previamente designado y comunicado al empresario, salvo pacto expreso en contrario.
  6. En el caso de los pedidos con dirección de entrega fuera de los Países Bajos pero dentro de la Unión Europea, los pedidos realizados a través de la tienda online se tramitan exclusivamente como ventas a consumidores (B2C). Dichos pedidos no se consideran transacciones comerciales entre empresas (B2B), incluso si se introduce o facilita un nombre de empresa, un número de IVA u otros datos empresariales en campos destinados a datos de nombre, contacto o dirección. La inclusión de dichos datos no da lugar a un pedido empresarial, una factura empresarial, la aplicación de la inversión del sujeto pasivo del IVA ni a ninguna modificación del tratamiento fiscal de la operación.

Artículo 14 - Contratos de duración: duración, rescisión y prórroga

Rescisión:

  1. El consumidor podrá resolver en todo momento un contrato celebrado por tiempo indefinido que tenga por objeto el suministro periódico de productos (incluida la electricidad) o servicios, respetando las normas de rescisión acordadas y un plazo de preaviso de un máximo de un mes.
  2. El consumidor podrá resolver en todo momento, al final de la duración acordada, un contrato celebrado por tiempo determinado que tenga por objeto el suministro periódico de productos (incluida la electricidad) o servicios, respetando las normas de rescisión acordadas y un plazo de preaviso de un máximo de un mes.
  3. En los contratos mencionados en los apartados anteriores, el consumidor podrá:
    1. resolverlos en cualquier momento y no verse limitado a la rescisión en un momento o período concretos;
    2.  como mínimo, resolverlos de la misma forma en que los celebró;
    3. resolverlos siempre con el mismo plazo de preaviso que el empresario se ha reservado para sí.

Prórroga:

  1. Un contrato celebrado por tiempo determinado que tenga por objeto el suministro periódico de productos (incluida la electricidad) o servicios no podrá prorrogarse o renovarse tácitamente por un período determinado.
  2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, un contrato celebrado por tiempo determinado que tenga por objeto el suministro periódico de diarios, noticias y revistas podrá prorrogarse tácitamente por un período máximo de tres meses, siempre que el consumidor pueda resolver el contrato prorrogado al final de la prórroga con un plazo de preaviso de un máximo de un mes.
  3. Un contrato celebrado por tiempo determinado que tenga por objeto el suministro periódico de productos o servicios solo podrá prorrogarse tácitamente por tiempo indefinido si el consumidor puede resolverlo en todo momento con un plazo de preaviso de un máximo de un mes. El plazo de preaviso será de un máximo de tres meses cuando el contrato tenga por objeto el suministro periódico, pero menos de una vez al mes, de diarios, noticias y revistas.
  4. Un contrato de duración limitada para el suministro periódico, con fines de prueba o introducción, de diarios, noticias y revistas (suscripción de prueba o de introducción) no se prorrogará tácitamente y finalizará automáticamente al término del período de prueba o introducción.

Duración:

  1. Si un contrato tiene una duración superior a un año, el consumidor podrá resolverlo en cualquier momento después de un año, con un plazo de preaviso de un máximo de un mes, a menos que la equidad y la buena fe se opongan a la resolución antes del final de la duración acordada.

Artículo 15 - Pago

  1. Salvo que se haya estipulado lo contrario en el contrato o en las condiciones adicionales, los importes adeudados por el consumidor deberán abonarse en un plazo de 14 días a partir del inicio del período de reflexión o, en ausencia de este, dentro de los 14 días siguientes a la celebración del contrato. En el caso de un contrato de prestación de servicios, dicho plazo comenzará el día siguiente a aquel en que el consumidor reciba la confirmación del contrato.
  2. En la venta de productos a consumidores, estos nunca podrán ser obligados en las condiciones generales a realizar un pago anticipado superior al 50 %. Si se ha estipulado un pago anticipado, el consumidor no podrá hacer valer derecho alguno relativo a la ejecución del pedido o del/de los servicio(s) correspondiente(s) antes de que se haya efectuado el pago anticipado acordado.
  3. El consumidor tiene la obligación de comunicar sin demora al empresario cualquier error en los datos de pago facilitados o indicados.
  4. Si el consumidor no cumple puntualmente sus obligaciones de pago, y después de que el empresario le haya señalado el retraso en el pago y le haya concedido un plazo adicional de 14 días, a contar desde el día siguiente a la recepción del requerimiento, para cumplir aún sus obligaciones de pago, y el pago no se ha efectuado dentro de este plazo adicional de 14 días, el consumidor deberá abonar el interés legal sobre el importe pendiente y el empresario estará facultado para cobrar los costes de cobro extrajudicial en que haya incurrido. Estos costes de cobro ascenderán como máximo al 15 % sobre los importes pendientes hasta € 2.500,=; al 10 % sobre los siguientes € 2.500,= y al 5 % sobre los siguientes € 5.000,=, con un mínimo de € 40,=. El empresario podrá aplicar importes y porcentajes más favorables para el consumidor.

Artículo 16 - Procedimiento de reclamaciones

  1. El empresario dispone de un procedimiento de reclamaciones suficientemente conocido y tramita las reclamaciones de acuerdo con dicho procedimiento. 
  2. Las reclamaciones sobre la ejecución del contrato deberán presentarse al empresario de forma completa y claramente descrita, en un plazo razonable después de que el consumidor haya detectado los defectos. 
  3. Las reclamaciones presentadas al empresario se responderán en un plazo de 14 días a partir de la fecha de recepción. Si una reclamación requiere un tiempo de tramitación previsiblemente más largo, el empresario responderá dentro del plazo de 14 días con un acuse de recibo y una indicación de cuándo puede esperar el consumidor una respuesta más detallada. 
  4. Una reclamación sobre un producto, un servicio o el servicio posventa del empresario también puede presentarse a través de un formulario de reclamaciones en la página de consumidores del sitio web de Thuiswinkel.org www.thuiswinkel.org. La reclamación se remitirá entonces tanto al empresario en cuestión como a Thuiswinkel.org. 
  5. El consumidor deberá dar al empresario un plazo de al menos 4 semanas para resolver la reclamación de mutuo acuerdo. Transcurrido dicho plazo, surgirá un litigio susceptible de someterse al procedimiento de resolución de litigios.

Artículo 17 - Litigios

  1. A los contratos entre el empresario y el consumidor a los que se aplican estas condiciones generales les será de aplicación exclusivamente el Derecho neerlandés. 
  2. Los litigios entre el consumidor y el empresario relativos a la celebración o ejecución de contratos respecto a productos y servicios que este empresario deba suministrar o haya suministrado podrán someterse, con sujeción a lo dispuesto a continuación, tanto por el consumidor como por el empresario, a la Geschillencommissie Thuiswinkel (Comisión de Litigios Thuiswinkel), apartado de correos 90600, 2509 LP La Haya (www.sgc.nl). 
  3. La Comisión de Litigios únicamente tomará conocimiento de un litigio si el consumidor ha presentado primero su reclamación al empresario dentro de un plazo razonable. 
  4. Si la reclamación no conduce a una solución, el litigio deberá ser sometido por escrito, o en otra forma determinada por la Comisión, a la Comisión de Litigios a más tardar 12 meses después de la fecha en que el consumidor presentara la reclamación al empresario. 
  5. Cuando el consumidor desee someter un litigio a la Comisión de Litigios, el empresario estará vinculado a esta elección. De preferencia, el consumidor lo comunicará primero al empresario.
  6. Cuando el empresario desee someter un litigio a la Comisión de Litigios, el consumidor deberá manifestar por escrito en un plazo de cinco semanas tras una solicitud escrita en tal sentido del empresario si desea también que el litigio sea tratado por la Comisión o prefiere que lo conozca el juez competente. Si el empresario no recibe la elección del consumidor dentro del plazo de cinco semanas, el empresario estará facultado para someter el litigio al juez competente. 
  7. La Comisión de Litigios dictará resolución en las condiciones establecidas en el reglamento de la Comisión de Litigios (www.degeschillencommissie.nl/over-ons/de-commissies/2404/thuiswinkel). Las decisiones de la Comisión de Litigios tienen carácter de dictamen vinculante. 
  8. La Comisión de Litigios no tratará un litigio o suspenderá su tratamiento si se ha concedido al empresario suspensión de pagos, si ha sido declarado en quiebra o si ha cesado de hecho sus actividades empresariales, antes de que el litigio haya sido tratado en sesión y se haya dictado una resolución definitiva. 
  9. Si, además de la Comisión de Litigios Thuiswinkel, fuera competente otra comisión de litigios reconocida o adscrita a la Stichting Geschillencommissies voor Consumentenzaken (SGC) o al Klachteninstituut Financiële Dienstverlening (Kifid), la Comisión de Litigios Thuiswinkel será preferentemente competente para los litigios relativos principalmente al método de venta o prestación de servicios a distancia. Para todos los demás litigios será competente la otra comisión de litigios reconocida adscrita a SGC o Kifid. 

Artículo 18 - Garantía sectorial

  1. Thuiswinkel.org garantiza el cumplimiento de los dictámenes vinculantes de la Comisión de Litigios Thuiswinkel por parte de sus miembros, a menos que el miembro decida someter el dictamen vinculante al juez para su revisión dentro de los dos meses siguientes a su envío. Esta garantía volverá a entrar en vigor si el dictamen vinculante se mantiene tras la revisión judicial y la sentencia que así lo declara adquiere firmeza. Thuiswinkel.org abonará al consumidor como máximo un importe de €10.000,- por dictamen vinculante. Para importes superiores a €10.000,- por dictamen vinculante, se abonarán €10.000,-. Para el importe restante, Thuiswinkel.org tiene la obligación de esforzarse por conseguir que el miembro cumpla el dictamen vinculante.
  2. Para la aplicación de esta garantía se requiere que el consumidor presente una reclamación por escrito a Thuiswinkel.org y que ceda su crédito frente al empresario a Thuiswinkel.org. Si el crédito frente al empresario excede de €10.000,-, se propondrá al consumidor ceder a Thuiswinkel.org la parte de su crédito que exceda de €10.000,-, tras lo cual esta organización reclamará judicialmente dicho importe en su propio nombre y a su costa, para satisfacerlo al consumidor.

Artículo 19 - Disposiciones adicionales o divergentes

Las disposiciones adicionales o divergentes de estas condiciones generales no podrán ser en detrimento del consumidor y deberán constar por escrito o estar redactadas de tal forma que puedan ser almacenadas por el consumidor de manera accesible en un soporte duradero. 

Artículo 20 - Modificación de las Condiciones Generales de Thuiswinkel

  1. Las modificaciones de estas condiciones solo surtirán efecto tras su publicación de la forma adecuada, entendiéndose que, en caso de modificaciones aplicables durante la vigencia de una oferta, prevalecerá la disposición más favorable para el consumidor.

Thuiswinkel.org
www.thuiswinkel.org
Horaplantsoen 20, 6717 LT Ede
Apartado de correos 7001, 6710 CB Ede

Anexo I: Formulario modelo de desistimiento
Formulario modelo de desistimiento

(rellene y devuelva este formulario solo cuando desee revocar el contrato)

a. A: [nombre del empresario]
    [dirección geográfica del empresario]
    [número de fax del empresario, si procede]
    [dirección de correo electrónico o dirección electrónica del empresario] 
    
b. Por la presente, yo/nosotros* le comunico/comunicamos* que desisto/desistimos* de nuestro contrato relativo a
    la venta de los siguientes productos: [indicación del producto]*
    el suministro del siguiente contenido digital: [indicación del contenido digital]*
    la prestación del siguiente servicio: [indicación del servicio]*,
    desisto/desistimos*

c. Pedido el*/recibido el* [fecha de pedido en caso de servicios o de recepción en caso de productos]   
d. [Nombre del/de los consumidor(es)] 
e. [Dirección del/de los consumidor(es)] 
f. [Firma del/de los consumidor(es)] (solo si este formulario se presenta en papel) 

* Táchese lo que no proceda o complétese lo que proceda.